Moné Seguros e Inversión

¿De qué forma anular una póliza? ¿Se puede devolviendo el recibo?

Vemos el plazo, los medios y quién debe anular el seguro para que sea válido ante la compañía

Hoy hablamos de cómo debemos hacer la gestión para cambiar de compañía de seguros al vencimiento de una póliza. Ya sea un seguro de salud, un seguro de coche o seguro de hogar, vamos a ver qué pasos dar para hacerlo correctamente.

La Ley de Contrato de Seguro sobre la devolución del recibo

Hace meses, ya lanzamos un artículo en el que se hablaba de las formas para anular un seguro.

Como vimos, el artículo 22.2 de la ley señala:

“… pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso…”

Es decir, que el Tomador de la póliza debe comunicar la anulación Mínimo un mes antes del momento en que se renueve el seguro. Si puede ser con algún día más de margen, mejor, pero si queda menos de un mes, la aseguradora va a alegar que esa anulación llega fuera de plazo y podrá exigirte el pago de la prima de renovación.

devolver recibo seguro coche

Excepciones a la norma para anular un seguro

Un seguro es un contrato, y como tal si una de las partes, en este caso la compañía de seguros modifica sustancialmente las condiciones del contrato:

  • Bien sea porque reduce las coberturas sin haberlo pedido (ejemplo: te quieren poner una franquicia en el Todo Riesgo)
  • O porque te incrementa el precio de la póliza un 20%, por ejemplo

En ese momento, el cliente, el asegurado, puede justificar la no renovación de la póliza aunque sea fuera de plazo; ya que es la compañía de seguros quien te está “invitando” a que te marches.

El registro de morosos y la devolución de recibos de seguros

Para nosotros es muy importante que el cliente sepa, que si devuelve el recibo sin haber anulado la póliza en plazo se arriesga a:

  1. Que le reclame la compañía de seguros el importe de la renovación (a través de un procedimiento monitorio).
  2. Que, aunque no le reclame, puede aparecer el DNI del tomador en los ficheros de morosos.

Este último punto es muy peligroso, ya que el día de mañana puedes querer pedir un préstamo o querer contratar algo, y si apareces en uno de estos registros hay riesgo de que no te lo concedan por ese motivo. Las grandes empresas compran estos ficheros y con el cruce de datos existente hoy en día, creemos que es asumir un riesgo alto.

Si tienes cualquier duda y quieres que te ayudemos, contacta con nosotros y lo haremos encantados. Desde Moné Seguros e Inversión intentamos ofrecer un trato cercano para resolver estas cuestiones lo mejor posible.