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El patinete eléctrico y los riesgos para el usuario

Cómo se regula el uso del patinete eléctrico y la cobertura en nuestro seguro de hogar

Llevamos unas semanas y meses en los que los patinetes eléctricos están en boca de todos. Por su comodidad, por sus ventajas y también porque nadie conoce exactamente la legalidad sobre los mismos. ¿Se pueden usar por aceras, por calzada…?

Hoy queremos explicar cómo está la normativa, qué sucede con las empresas que los alquilan y nuestra responsabilidad en caso de tener uno ¿Nos lo cubre el seguro de hogar?

La normativa actual sobre patinetes eléctricos

Igual que cuando se masificó el uso de la bicicleta se crearon conflictos entre peatones, vehículos a motor, etc. al surgir el patinete eléctrico está sucediendo lo mismo. Se va a tardar un tiempo en regularse correctamente y es que, se podría decir, que en este momento funcionan bajo un vacío legal, ya que no tienen un espacio propio por el que circular.

Estos patinetes entran dentro de los clasificados como Vehículos de Movilidad Personal (en adelante VMP) y que sí que está clasificado por la propia DGT.

Son nuevas formas de movilidad urbana, y que se catalogan como VMP tipo A. No obstante, pese a llevarlo, no se consideran como “vehículos a motor”, solo son “vehículos”. De ahí, que por ahora no exijan:

  1. Seguro propio
  2. Matrícula
  3. Autorización administrativa propia

Muy a nuestro pesar, su regulación tiene lugar caso a caso, Ayuntamiento a Ayuntamiento. No hay una normativa nacional que los regule, y esto es lo que ha llevado a este vacío normativo, en el que no se sabe por dónde debemos circular.

En la mayoría de Ayuntamientos de España se está dando forma a ordenanzas municipales para que el ciudadano sepa qué normas cumplir.

Recientemente, en octubre de 2018, Madrid ha lanzado su ordenanza, prohibiendo que circulen por aceras (los ha equiparado a las bicicletas). Solo podrán circular por los carriles bicis o por la calzada.

Los patinetes eléctricosLas empresas de alquiler de patinetes eléctricos y el reparto de responsabilidades

En las principales ciudades de España (Barcelona, Madrid, Valencia, Zaragoza…), ya se han lanzado varias empresas al negocio de patinetes eléctricos compartidos o de alquiler. Hablamos de Koko, Lime y Voi, entre otras.

Sin embargo, lo han hecho con bastante inseguridad jurídica, ya que al haber aterrizado sin una normativa definida, en alguna ciudad como Madrid se prohibió y, en Barcelona, se ha denegado su uso por aceras, incrementando el riesgo de accidentes para los usuarios.

Además, no solo está el riesgo legal, si no el riesgo de quién asume las indemnizaciones por posibles daños ante accidentes con patinetes eléctricos. Para comprobarlo debemos irnos a las “condiciones de uso” de cada empresa.

Por lo pronto, diremos que en el caso de Koko es bastante transparente y fácil de acceder, Voi también es sencillo, pero aparece en inglés, y en el de Lime para poder verlo hay que descargar la app y, no solo eso, sino que están en inglés.

La primera indica que tiene un seguro de Responsabilidad Civil, pero ojo porque indica que si hay un accidente causado por una “distracción”, los daños “no quedarán cubiertos por el seguro contratado”. No está claro de qué forma podría afectarnos esa cláusula.

Respecto a Lime, directamente lo que se concluye de leer el apartado de responsabilidades es que el usuario es el único responsable. Copiando en inglés lo que señala: “You are solely responsible…for any and all consequences…foreseeable or unforeseeable… as a result of using any of the services”. Que traducido dice: “Tú eres el único responsable de cualquiera y todas las consecuencias… Previsibles o imprevisibles… Como resultado del uso de cualquiera de los servicios”.

Similares conclusiones alcanzamos con Voi, quien en el punto 3.3 de sus términos de uso, en inglés señala: «…You assume full and complete responsibility for all related risks, dangers, and hazards, and You agree that Voi are not responsible for any injury, damage, or cost caused by You…».

Como vemos, estamos asumiendo un riesgo en cualquiera de los casos. Agradecemos al Heraldo de Aragón que se haya hecho eco de nuestros comentarios sobre este tema.

Los seguros para patinetes eléctricos¿Mi seguro de hogar cubre las responsabilidades por usar el patinete eléctrico?

Volviendo a lo que decíamos al principio sobre la evolución en la movilidad urbana, el seguro de hogar también tuvo que adaptarse al uso de la bicicleta y sus posibles responsabilidades. Como sabemos, ya la mayoría de aseguradoras están dando cobertura a posibles accidentes que provoquemos mientras conducimos una bicicleta.

Ante el uso de los patinetes no es la mayoría, pero sí alguna, la que ha reaccionado y también daría cobertura a estos impactos. No obstante, conviene comprobarlo, ya que las consecuencias ante un accidente de este tipo podrían ser muy elevadas.

Hemos consultado a las compañías con las que nosotros trabajamos, y menos de la mitad darían cobertura. Si quieres que te ayudemos en estas gestiones, desde Moné Seguros te ayudaremos a dar con el seguro de hogar que realmente atienda tus principales preocupaciones.

Informe 2019 de Fundación Mapfre

A inicio de 2019 Fundación Mapfre en colaboración con la Asociación Española de la Carretera, realizaron un informe recogiendo un análisis sobre este tema.

En él, se habla de:

  • Normativa actual
  • Opiniones de usuarios, conductores y peatones
  • Siniestralidad en 2018: 5 fallecidos y más de 300 accidentes

Y es que, debemos saber que a final de 2018 ya son más de 20.000 patinetes eléctricos los que circulan por España, según cifras de la Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (AUVMP).