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3 motivos para contratar un seguro de impago de alquiler

Vemos las causas que llevan a muchos propietarios a proteger su renta mensual

¿Eres propietario y ya has oído hablar del seguro de impago de alquiler? El Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA) registra un incremento de estos seguros de impago de alquiler, consolidándose frente al aval. De hecho, en España ya son más de 3 de cada 10 los arrendadores que cuentan con esta póliza para contar con una renta garantizada, aunque sus inquilinos tengan problemas para pagar el alquiler. En este artículo analizamos por qué están creciendo los seguros de impago y resolvemos las dudas más comunes sobre este tipo.

¿Qué es el seguro de impago de alquiler?

Esta póliza está destinada a proteger al propietario de una vivienda en alquiler ante el posible impago de los inquilinos.

¿Quién tiene que pagar el seguro de impago de alquiler?

El seguro de impago de alquiler lo suscribe el propietario de la vivienda alquilada. Si se produce una situación de morosidad, el seguro cubre el pago de las rentas durante los meses determinados en la contratación.

¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler?

El seguro de impago de alquiler cuesta en torno al 4% del importe anualizado de la renta mensual. Es decir, va ligado a la cuota de alquiler.

¿Qué mira un seguro de alquiler para su suscripción?

Antes de poder contratar el seguro, las compañías piden documentación en las que se refleje el nivel de ingresos o patrimonio de los que van a utilizar la vivienda arrendada. Hablamos de:

  • declaración de la renta,
  • contrato de trabajo,
  • contrato de alquiler…

Esto es algo enormemente beneficioso para el propietario de la casa, ya que será la compañía la que analice la documentación y su departamento legal valorará la viabilidad del seguro. De no ser posible, ya es indicador de que no es el inquilino ideal…

Los pasos previos necesarios para poder suscribir el seguro por el arrendador, van a ayudarle también a comprobar si los inquilinos son solventes.

El seguro de impagos

¿Qué cubre el seguro de alquiler?

El seguro de impago de alquiler cubre la protección de pagos ante los impagos de la renta por parte del inquilino (desde 6 hasta 18 meses), la defensa jurídica por problemas con quien alquila la casa o piso y daños vandálicos, especialmente, del continente. Si quieres conocer más sobre las propuestas de las aseguradoras más especializadas en este asunto, en este post encontrarás el ranking de mejores seguros de impago de alquiler.

A continuación, vamos a ver las 3 causas que justifican su contratación en la mayoría de las ocasiones:

1. Garantizan tu tranquilidad ante posibles impagos del inquilino

Cuando alquilamos un piso, contamos con los ingresos que el arrendamiento nos va a producir. No ingresar ese dinero es un hecho imprevisto, y de consecuencias fatales para nuestra economía doméstica. Gracias al seguro tienes la certeza de que vas a cobrarlo, con un máximo de cobertura de hasta 18 meses.

2. Te defienden frente a posibles problemas con el inquilino

Las mejores pólizas del mercado asegurador incluyen una cobertura de defensa jurídica. De este modo, la compañía nos defenderá si hay problemas con el contrato de arrendamiento o, incluso, con los vecinos.
Al mismo tiempo, te cubrirá posibles destrozos que el inquilino haya causado a la vivienda, una vez éste se marche.

3. Es una alternativa fiable frente el aval bancario

El mercado está tendiendo a la contratación del seguro de alquiler. No lo decimos nosotros, lo dice la propia web Idealista, en este artículo que se titula: “aval vs. seguro de alquiler”.

Además, seguramente, si en vez de exigirle al inquilino un depósito o un aval (que al final le supone adelantar un dinero extra), contratamos el seguro de impago de alquiler (evitando tener que pedirle ese adelanto), seguramente puedas alquilar antes tu vivienda, ya que muchos inquilinos se echan atrás cuando, antes de entrar en el piso, se les exige como 3-4 meses por adelantado.

Si lo piensas, con que adelantes la entrada de los inquilinos 15 días, este seguro te habrá salido gratis, ya que el coste del mismo viene a estar en torno al 5% de la renta anual, y eso es medio mes del alquiler.

Además… El seguro de impago de alquiler es deducible en la renta

Como siempre decimos a nuestros clientes, hay que aprovechar los pocos beneficios fiscales que el Gobierno nos permite. Uno de ellos es este: el seguro de impago de alquiler es deducible en el IRPF. Es decir, podríamos entender que un tanto por ciento del seguro, lo asume Hacienda.

Si quieres contratar seguros de impago de alquiler con las aseguradoras líderes, contacta con nosotros. Te ayudaremos en el proceso de contratación y, por supuesto, si ocurre un siniestro, nuestro departamento especializado te ayudará en las gestiones con la compañía.