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¿Qué cubre el seguro de hogar cuando hago una reforma?

Nuestro seguro de hogar cubre muchas cosas, pero no las roturas ocasionadas durante la reforma de nuestras viviendas. Veremos qué debemos hacer

Una vez pasado el “boom inmobiliario”, cada vez hay menos vivienda nueva y nuestros domicilios progresivamente “envejecen”. Por ello, se incrementan las reformas en baños, cocinas, o incluso, comprar una vivienda antigua y hacer una reforma integral de la misma. Cuando esto ocurre, mucha gente entiende que cualquier cosa que suceda tendrá cobertura en el seguro de hogar o, incluso, contratar el mejor seguro de hogar tras la reforma. Veamos qué puede suceder.

La cobertura de la reforma en el seguro de hogar

Nuestro seguro de hogar, como finalidad fundamental, tiene: reparar los daños que puedan suceder en nuestra vivienda o los que ocasionemos a terceros con motivo del uso de la misma. Además, progresivamente, se han ido añadiendo garantías, como son el atraco fuera del hogar, nuestra responsabilidad civil fuera de la vivienda, etc.

Como decimos, mediante el seguro del hogar se cubren los daños ocasionados por el uso normal de nuestra casa. En este sentido,

Realizar reformas en nuestra casa (que suponen picar paredes, reemplazar tuberías, sustituir el alicatado, etc.), no se considera un uso ordinario de la misma.

Esta es la clave de todo. Por este motivo, muchas compañías de seguros van a poner problemas en dar cobertura a estas reformas. En los condicionados de las compañías, veremos exclusiones del tipo:

  • “Roturas producidas por la realización de obras, trabajos de pintura, decoración o reparación”
  • “Las roturas que se produzcan como consecuencia de la realización de obras, de la manipulación y/o del transporte”

Esto es algo que debemos tener muy en cuenta cuando vamos a llevar a cabo una reforma importante en nuestra casa.

que cubre el seguro de hogar, quien es el responsable de los daños causados a un vecino por reforma integral

¿Asumimos alguna responsabilidad ante una reforma?

Nosotros somos los «promotores» de la obra, esto es, asumimos el coste de la misma. Tenemos la iniciativa, aunque la ejecución sea realizada por un gremio que contratemos.

Esto conlleva que, aunque el constructor u operario sea el responsable directo del posible daño que podamos causar al vecino, nosotros siempre seremos responsables subsidiarios. Es decir:

Si el gremio no se hace cargo de la reclamación (bien sea porque no tiene seguro, es insolvente o su seguro no cubre), nosotros nos veremos implicados en esa reclamación y deberemos hacer frente al pago de los daños

Incluso, si hay tensión con el vecino, es posible que aunque el seguro del reformista si vaya a cubrir la reclamación, nos llegue una demanda conjuntamente con el gremio. Esto, de primeras, ya supondrá un desembolso económico en abogados.

El seguro como promotor de reformas

Por todo ello, en estos casos, es más que recomendable contratar lo que se conoce como un «seguro de reformas».

Son pólizas en los que el precio depende del presupuesto de la obra. El objeto de esta póliza es cubrir fundamentalmente:

  1. Nuestra responsabilidad civil: las indemnizaciones a las que tendríamos que hacer frente en su caso.
  2. La defensa jurídica: el desembolso en abogados que nos defiendan ante las posibles reclamaciones.

Si quieres recibir este asesoramiento en tus pólizas, o si sencillamente vas a hacer una reforma y quieres que te presupuestemos tu seguro, llámanos o consúltanos.