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Contratar un seguro de vida brinda al asegurado la tranquilidad de que sus seres queridos tendrán un respaldo económico en el momento de su fallecimiento. Es decir, cuando se produce la muerte, los herederos o las personas que el contratante ha estipulado reciben la cuantía correspondiente.
Además del fallecimiento, muchos seguros de vida contemplan que el asegurado pueda recibir esta indemnización en el caso de sufrir una invalidez o incapacidad. Es precisamente en este punto en el que nos vamos a centrar en el artículo: ¿Qué grado de incapacidad se reconoce en cada seguro de vida? ¿Puedo elegirlo?
La incapacidad en el seguro de vida
Cada vez más personas contratan una póliza de este tipo para sobrellevar los costes que podría suponer una incapacidad permanente total o absoluta.
La Seguridad Social reconoce la incapacidad permanente cuando la persona presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
Es decir, es posible obtener la indemnización del seguro de vida en caso de sufrir un accidente o enfermedad que ya no te permita:
- Trabajar en tu profesión habitual (incapacidad total para la profesión habitual).
- Trabajar en toda profesión u oficio (incapacidad permanente absoluta).
Y es aquí donde viene la “letra pequeña”: cuando contratamos un seguro de vida se suele contar con la cobertura de incapacidad ABSOLUTA. ¿Qué quiere decir esto? Que en caso de sufrir una enfermedad o accidente solo cobrarías la compensación si ya no puedes trabajar de nada. Es decir, si tienes que retirarte del mundo laboral.
Contratar un seguro de vida: ¿Incapacidad profesional o absoluta?
¿Cuál es el problema? Las indemnizaciones de los seguros se basan en las incapacidades que estipula el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), ligadas a una pensión. En estos momentos, el organismo está reconociendo más las incapacidades profesionales (puedes desempeñar otros empleos) que las absolutas (ya no puedes trabajar de nada).
Ante esta situación, es importante estudiar bien la cobertura de incapacidad en nuestro seguro de vida. ¿Sería suficiente con la absoluta o es mejor ampliarla a la profesional?
A eso, precisamente, nos dedicamos en Moné Seguros: a asesorarte y poner encima de la mesa todas las condiciones de cada uno de los seguros para que puedas suscribir la póliza que se adapte a lo que necesitas. Aquí puedes conocer más sobre nuestros seguros de vida y ponerte en contacto con nuestro equipo, que te informará de las posibilidades que existen con este seguro que, como hemos visto, también puede cubrir la invalidez.
Tipos de incapacidad a tener en cuenta al contratar un seguro
Ahora que ya sabemos que hay que leer muy bien las condiciones del seguro de vida antes de contratarlo, vamos a profundizar en los grados o tipos de incapacidad permanente como consecuencia de un accidente o enfermedad que nos interesan a la hora de contratar el seguro:
Incapacidad permanente total
Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta. Tras sufrir un accidente o debido a una enfermedad, la persona no puede continuar ejerciendo su oficio, pero sí trabajar en otros sectores.
Por ejemplo, un médico al que se le ha reconocido la incapacidad permanente total puede trabajar como profesor.
Ante una situación así, el asegurado solo cobraría el seguro de vida si se contempla la incapacidad permanente total (también llamada incapacidad profesional). Si, como sucede por defecto en muchos seguros de vida, lo que se ha contratado es la cobertura para la incapacidad permanente absoluta, en este caso no se cobraría nada.
Incapacidad permanente absoluta
El reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. La persona no puede volver a trabajar, por lo que la cobertura del seguro de vida puede suponer una ayuda importante para sobrellevar esta nueva situación.
¿Qué grado de incapacidad escoger para mi seguro?
Como ves, para responder a esta pregunta es necesario contar con toda la información y, sobre todo, estudiar las condiciones de la cobertura. Tú eliges hasta qué punto quieres estar protegido, ya que puedes cubrir solo el fallecimiento o ampliarlo también a la incapacidad permanente (y, en este caso, a la profesional o a la absoluta).
La cobertura de la incapacidad permanente total (o profesional) es una solución aseguradora que ya estamos ofreciendo en Moné Seguros y por la que cada vez se interesan profesionales como médicos, abogados, arquitectos… y muchos otros trabajadores que prefieren cubrir este riesgo. Elijas la modalidad que elijas, nos encargaremos de que tu póliza no solo se ajuste a tu presupuesto, sino que también tengas claras las garantías de una u otra.
¿Te ayudamos con tu seguro de vida? Ponte en contacto con nuestro equipo y te atenderemos encantados.